PROGRAMA ESTÍMULO A PUBLICACIONES Y PRODUCTOS EN MEDIOS ARBITRADOS E INDIZADOS DE CIRCULACIÓN INTERNACIONAL
(PREPPRAII)
Convocatoria Abril 2024
Solo participan artículos con fecha de aceptación definitiva posterior al 26 de Noviembre de 2023.
Objetivo
El objetivo principal del PREPPRAII del Decanato de Investigación y Desarrollo de la Universidad Simón Bolívar, Venezuela, es reconocer la calidad del trabajo de investigación y desarrollo que realizan los profesores de la USB, por contribuir al desarrollo tecnológico, social y económico del país y garantizar una educación de calidad para los estudiantes. En consecuencia, este programa otorgará un incentivo económico por publicaciones de trabajos de investigación originales, arbitrados en revistas reconocidas, especializadas, indizadas y de amplia circulación internacional y/o libros o capítulos de libros arbitrados publicados por editoriales de reconocido prestigio académico, así como patentes nacionales e internacionales. Se espera que estas publicaciones contribuyan a mejorar la visibilidad institucional de la Universidad en el entorno nacional e internacional.
Beneficiarios
Los incentivos a los que hace referencia este programa se otorgarán exclusivamente a profesores activos de la USB, a dedicación exclusiva o tiempo integral, o jubilados (que previamente a su jubilación fueron activos a dedicación exclusiva o integral en la USB) con actividades académicas presenciales en la USB, cuya afiliación a la USB aparezca explícitamente en el producto. Este incentivo se otorgará en una sola oportunidad por producto y el mismo no tiene relación con emolumentos cancelados por otras actividades asociadas a un cargo o empleo dentro de la institución. El incentivo al que se refiere este programa no es retroactivo, ni tiene carácter recurrente.
Productos a ser considerados
Productos Tipo 1:
Artículos de investigación arbitrados, publicados en revistas indizadas en el SCI Expanded, AHCI, SSCI o en el Source List Journals de SCOPUS.
Patentes nacionales o internacionales
Libros arbitrados, producto de trabajos de investigación en el área de conocimiento del profesor, que cumplan con los criterios especificados en el punto 3.3. No se considerarán libros en los que se haya ejercido el trabajo de editor o compilador.
Productos Tipo 2:
Artículos de investigación arbitrados, publicados en revista indizadas en SciELO, Latindex catálogo 2.0.
Artículos de investigación arbitrados, en las áreas de conocimiento atendidas por las Coordinaciones de Ciencias Sociales y Humanidades (Sartenejas) y Ciencias Sociales y Administrativas (Litoral), publicados en revistas indizadas en ESCI.
Capítulos de libros arbitrados, que cumplan los criterios indicados en el punto 3.3
Ponencias en extenso, arbitradas, y publicadas en actas/procedings de conferencias listadas en la base de datos de Scopus.
Criterios para la evaluación de libros y capítulos de libros:
Que se trate de una editorial reconocida con proceso demostrable de arbitraje.
Que el volumen posea el correspondiente ISBN (imprescindible).
Que la editorial cuente con un comité asesor de expertos en la materia.
Que la editorial tenga presencia en librerías especializadas, ferias internacionales y nacionales y bases de datos especializadas.
Que la editorial publique libros traducidos a otros idiomas
Consideraciones Generales
Para esta convocatoria sólo se tomarán en cuenta productos cuya aceptación definitiva sea posterior al 26 de Noviembre del 2022 (fecha de cierre del PREPPRAII-2022), y que por lo tanto no pudieron ser incluidos en convocatorias anteriores. Cada producto debe ser introducido solo una vez.
A los productos de Tipo 1 se le dará una puntuación de hasta 1, a los productos de Tipo 2 se les dará una puntuación de hasta 1/2. Estos puntos se traducirán en incentivos económicos de acuerdo con las condiciones que siguen.
Los profesores beneficiarios de este incentivo no deben tener rendiciones pendientes en el Decanato de Investigación y Desarrollo.
En caso de que el producto Tipo 1 o Tipo 2 tenga menos de seis (6) coautores y más de uno sea profesor a DE, TI, o jubilado con actividades académicas presenciales en la USB, el monto del incentivo será el doble de lo especificado anteriormente y se repartirá en montos iguales entre los coautores profesores de la USB que cumplan los requisitos mencionados en la normativa y que hayan indicado su afiliación a la USB en el producto.
En caso de que el producto Tipo 1 o Tipo 2 tenga seis (6) o más coautores, independientemente de si son externos, estudiantes, o profesores de la USB, tendrá una puntuación equivalente a ¾ del valor del tipo de producto correspondiente, y se repartirá en cantidades iguales entre los coautores profesores de la USB que cumplan con los requisitos mencionados en la normativa y que hayan indicado su afiliación a la USB en el producto.
El monto máximo que podrá otorgarse a un profesor en la presente convocatoria corresponderá a seis (6) productos independientemente de su tipo.
Aspectos Operativos
Para participar en este programa, se debe:
Llenar en línea un formulario de registro y solicitud por cada producto, donde se debe indicar el nombre, correo institucional y afiliación de todos los coautores. Sólo se debe llenar un formulario por producto.
El coautor que llene el formulario debe ser profesor de la USB y debe adjuntar en los campos correspondientes, entre otros:
Un ejemplar de la publicación.
Recaudos indicativos de aceptación definitiva, fecha de aceptación y fecha de publicación, evidencia explícita de arbitraje e indexación de la revista, entre otros.
Constancia de trabajo expedida por la Dirección de Gestión del Capital Humano de la USB de todos los coautores profesores de la USB. El coautor que introduce el producto es responsable de recabar esta información. Si algún coautor es profesor jubilado, se debe anexar certificación o correo electrónico del jefe del Departamento correspondiente indicando que el profesor realiza actividades académicas presenciales en la USB.
No se procesarán solicitudes que no tengan todos los recaudos completos.
Los casos no contemplados en la presente normativa serán discutidos y resueltos en el Consejo Asesor del Decanato de Investigación y Desarrollo.
Los montos del incentivo por producto serán definidos por el Consejo Asesor del Decanato de Investigación y Desarrollo, en atención al monto disponible para el programa.