Criterios de Evaluación

Criterios para la evaluación de las actividades de investigación a efectos de solicitudes de ingreso a escalafón Estos criterios también serán considerados para las evaluaciones a efectos de renovaciones de contrato de los profesores a DE, TI, y HP con actividades de Docencia e Investigación.


Vigentes desde el 2012

 

El Decanato de Investigación y Desarrollo aspira a que los profesores que integren el escalafón universitario tengan productos de investigación que constituyan un aporte relevante a su área de conocimiento; que difundan sus actividades de investigación tanto en publicaciones especializadas como en congresos nacionales e internacionales; que elaboren y lleven adelante propuestas de investigación propias; y que tengan la capacidad de formar recursos humanos preparados para realizar contribuciones relevantes en su área de investigación.

En este sentido, el DID tiene unos requisitos mínimos que debe cumplir un profesor para recibir una evaluación positiva a efectos de su ingreso a escalafón. Estos requisitos se refieren tanto al número como a las características de las publicaciones de investigación a ser tomadas en cuenta.

 

El número mínimo de publicaciones requeridas depende del tiempo de contratación. Por cada dos (2) años de contratación (o fracción de los mismos) en calidad de profesor contratado ATI o DE, el profesor aspirante a ingresar al escalafón deberá presentar, como mínimo, una publicación, de acuerdo a la fórmula que aparece al pie de pagina1. El tiempo de contratación se mide desde la fecha de su último ingreso a la Universidad como profesor contratado ATI o DE, hasta la fecha en que introduce por escrito la solicitud de pase a escalafón ante el Jefe de Departamento respectivo.

A continuación se mencionan las características particulares de las publicaciones requeridas en cada coordinación.

Coordinación de Ciencias Aplicadas e Ingeniería

Coordinación de Ciencias Básicas y Tecnológicas2

Las publicaciones a ser tomadas en cuenta para esta Coordinación, además de cumplir las características generales mencionadas en la primera parte de este documento, deben pertenecer a una de las siguientes categorías:

a) Artículos arbitrados en extenso en revistas especializadas, con indexación internacional, de reconocido prestigio, que cuenten con difusión internacional, trayectoria continua y cuya comisión editorial esté compuesta por investigadores de reconocida trayectoria de distintos países e instituciones.

 

b)  Artículos arbitrados en extenso publicados en memorias de congresos especializados que hayan sido sometidos a un riguroso proceso de arbitraje y que adicionalmente cumplan:

i. El artículo publicado debe tener una extensión no inferior a 4 páginas completas.

ii. La tasa de aceptación de los trabajos en extenso no haya superado el 60% del número de trabajos recibidos.

iii. Presentados en un congreso internacional3.

iv. El congreso deberá estar indexado internacionalmente.

c) Patentes de invención concedidas, nacionales o internacionales.

d) Informes técnicos sometidos a cláusulas de confidencialidad que, a juico de pares calificados seleccionados por el DID, reúnan los requisitos necesarios de originalidad, innovación, creatividad y rigor científico. Estos informes, junto con todos los recaudos deben ser sometidos al proceso de evaluación al menos tres meses antes de la fecha de solicitud de ingreso al escalafón. Se contabilizarán como producto solo a partir del momento en que la evaluación favorable de los pares sea consignada en el Decanato de Investigación y Desarrollo. Si por motivos ajenos al profesor el proceso de evaluación supera los tres meses, la diferencia de tiempo no afectará el cálculo del número de publicaciones requeridas, siempre que los informes reciban una evaluación positiva.

Coordinación de Ciencias Básicas

Coordinación de Ciencias Básicas y Tecnológicas4

Además de las características generales mencionadas en la primera parte de este documento, las publicaciones a ser tomadas en cuenta por esta coordinación deben ser artículos regulares5, arbitrados en extenso, en revistas indexadas en el Science Citation Index/Science Citation Index Expanded (SCI/SCI-Expanded), de reconocido prestigio, que cuenten con difusión internacional, trayectoria continua, y cuya comisión editorial esté compuesta por investigadores de reconocida trayectoria de distintos países e instituciones. En aquellos casos especiales en que, a juico de la mesa técnica de la Coordinación de Ciencias Básicas, por el tema específico de investigación, no existan revistas indexadas en el SCI/SCI-Expanded se tomarán en consideración artículos en revistas indexadas en el Social Science Citation Index (SSCI).

Coordinación de Ciencias Sociales y Humanidades

Coordinación de Ciencias Sociales y Administrativas6

Las publicaciones a ser tomadas en cuenta para esta Coordinación, además de cumplir las características generales mencionadas en la primera parte de este documento, deben pertenecer a una de las siguientes categorías:

a) Artículos arbitrados en extenso en revistas especializadas, con indexación internacional, de reconocido prestigio, que cuenten con difusión internacional, una trayectoria continua y cuya comisión editorial esté compuesta por investigadores de reconocida trayectoria de distintos países e instituciones.

b) Libros o capítulos de libros arbitrados, resultantes de investigaciones en su área, publicados por una editorial de reconocido prestigio. No se tomarán en cuenta libros en que la participación del profesor ha sido exclusivamente la de editor. Se entiende por editorial de reconocido prestigio aquella que cuente con:

i. Un riguroso sistema de arbitraje, realizado por especialistas de distintas instituciones.

ii. Actividad editorial reconocida e ininterrumpida de por lo menos 5 años.

iii. Circulación internacional.

c) Para el caso particular de profesores adscritos al departamento de Diseño, Arquitectura y Artes Plásticas, además de los anteriores, se considerarán productos a ser tomados en cuenta aquellos trabajos que hayan sido premiados u objeto de una mención especial, en un salón, bienal u otro tipo de evento arbitrado, con bases publicadas y entradas internacionales en sus jurados y participantes. Se excluyen los premios y condecoraciones que se obtengan por trayectoria y no por un trabajo específico.

d) Para el caso particular de profesores adscritos al Departamento de Ciencias Sociales contratados para el área de música, además de los anteriores, se considerarán productos a ser tomados en cuenta:

i. Partituras publicadas por editoriales reconocidas (ver definición anterior),

ii. Composiciones que hayan sido solicitadas y ejecutadas por orquestas sinfónicas o agrupaciones reconocidas nacionales e internacionales.

iii. Grabaciones sonoras que hayan sido evaluadas por al menos dos especialistas, y publicadas por discográficas de reconocido prestigio y trayectoria.

iv. Aquellos trabajos que hayan sido premiados u objeto de una mención especial, en un evento arbitrado, con bases publicadas y entradas internacionales en sus jurados y participantes. Se excluyen los premios y condecoraciones que se obtengan por trayectoria y no por un trabajo específico.

Además de los requisitos de número y calidad de publicaciones, todo profesor que solicite ingreso a escalafón en esta área deberá:

a) Haber participado, bien en calidad de investigador responsable o como co-investigador, en un proyecto de investigación avalado por alguna de las entidades siguientes:

i. Decanato de Investigación y Desarrollo.

ii. El tutor de la tesis de maestría o doctorado, si el profesor está adscrito a un programa de postgrado afín a su área de contratación.

iii. FONACIT u otro organismo de apoyo a la investigación reconocido por el DID.

El aval deberá indicar la fecha de emisión del proyecto, su duración, su relevancia, la fecha estimada para su conclusión, el monto financiado por la entidad (si fuese el caso) y constancia de que el proyecto fue evaluado por pares. El Profesor podrá solicitar que el DID someta a evaluación su proyecto por pares aunque éste no incluya solicitud de apoyo financiero.

b) Por cada dos años de servicio como profesor contratado, o fracción de los mismos (ver pie de página 1) haber participado, en calidad de ponente con la presentación de un trabajo, en un evento nacional o internacional durante el lapso de la evaluación. El término "ponente" se extiende a cada una de las siguientes modalidades: presentación oral, conferencia o facilitador de un taller dentro del marco de un evento. No se incluye como participación en eventos la modalidad de cartel o póster, ni la función de coordinador, presidente, secretario o relator de mesa.

Asistencia a Eventos en el área de Diseño, Arquitectura y Artes Plásticas

En el área de Diseño, Arquitectura y Artes Plásticas, la asistencia a eventos consistirá en una exposición verbal, escrita o gráfica de resultados parciales o finales de trabajos de desarrollados en las áreas respectivas. Se considerarán como Eventos tanto los congresos y seminarios de carácter científico y humanístico similares a los de las otras áreas, como los salones, Henales y otros eventos arbitrados, donde exista una selección previa de los trabajos, sobre bases publicadas, realizada por un comité de arbitraje en la disciplina respectiva.

Asistencia a Eventos en el área de Música

Deben considerarse equivalentes a este rubro los recitales realizados en eventos nacionales e internacionales, en los cuales el profesor haya sido ejecutante o hayan sido interpretadas obras de su autoría. Los recitales aislados o individuales o la ejecución de obras en recitales aislados o individuales no se tomarán en cuenta por tratarse de actividades relacionadas directamente con el ejercicio profesional.

Consideraciones Finales

El DID podrá consultar con editores, revisores o especialistas en el área, cuando así lo considere necesario, a los fines de clarificar cualquier documento referente a las actividades de investigación del profesor.

El DID sólo tomará en cuenta actividades de investigación que vengan acompañadas de los recaudos completos y debidamente avaladas. Es responsabilidad del profesor consignar los avales que demuestren que los productos de investigación cumplen con los requisitos exigidos.

 

1 La relación entre el número mínimo de publicaciones requeridas, N (entero), y el tiempo de contratación T (medido en años y fracciones) viene dado por:

2(N-1)<T<2N

Ejm: Un profesor ha sido contratado por 4 años y 2 meses, 4 < (T=4+2/12) < 6, > N=3

2 Criterios aplicados a los profesores en Ciencias Aplicadas, Ingeniería y Tecnología de la Sede Litoral

3 Se entiende por congreso internacional todo aquel que dispone de un comité científico integrado por académicos internacionalmente conocidos de varios países del mundo, en el que los trabajos in extenso son evaluados por especialistas en la materia de diversos países, así como que la asistencia al congreso tenga un importante componente de investigadores de varios países.

4 Criterios aplicados a los profesores en Ciencias Básicas de la Sede Litoral.  

 

5 No se aceptarán publicaciones en actas o memorias de congresos, aún cuando aparezcan en revistas indexadas en el SCI/SCI-Expanded o en el SSCI.

6 Criterios aplicados a los profesores en Ciencias Sociales y Administrativas de la Sede Litoral.