Comité de Bioética

-EL COMITÉ DE BIOÉTICA (CoBioUSB) DE LA UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR-

ÉTICA DE LA INVESTIGACIÓN CON ORGANISMOS VIVOS Y AMBIENTE

La Universidad Simón Bolívar reconoce la necesidad de experimentación e investigación con organismos vivos y su ambiente, sin embargo, considera que el avance del conocimiento no es razón suficiente para justificar cualquier tipo de procedimiento. Consecuentemente, la Universidad está comprometida en asegurar que todas las investigaciones llevadas a cabo por sus miembros sean conducidas de manera ética y responsable.

Por lo tanto, los profesores deben asegurarse que todas las investigaciones desarrolladas por ellos, por estudiantes o personal contratado bajo su tutela, se ajusten a normas bioéticas. En consecuencia, todos los proyectos de investigación que involucren la manipulación de animales, contacto o trato con seres humanos y la intervención del ambiente, deben incluir la opinión del Comité de Bioética de la Universidad.

Para solicitar la opinión del CoBioUSB, el Profesor responsable deberá contactar a su Coordinadora:

Prof. Carlos Bosque

bioetica@usb.ve

REGLAMENTO INTERNO DEL

COMITÉ DE BIOÉTICA de la UNIVERSIDAD SIMON BOLÍVAR.

Exposición de motivos.

La Bioética entraña principios universales que deben ser respetados e incorporados en la experimentación con seres humanos, animales, plantas, organismos genéticamente modificados y en aquellas actividades que afectan el medio ambiente. En consecuencia, las autoridades de la Universidad Simón Bolívar decretaron la creación del Comité de Bioética mediante resolución del Consejo Directivo de fecha 16 de mayo de 2007, para velar por la consideración de los principios bioéticos que deben regir y ser respetados en las actividades de investigación, docencia y extensión de esta Casa de Estudios.

Para la elaboración de este Reglamento se consideraron los principios de la Bioética expresados en el “Código de Ética para la Vida” (FONACIT 2010), el “Código de Bioética y Bioseguridad” (FONACIT 2003), la “Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos” (UNESCO 2005) y el Reporte del Comité de Ética de la American Psychological Association (A.P.A.), entre otros.


Objetivos

  1. Difundir el conocimiento, y propiciar el debate y difusión de los principios bioéticos en la comunidad de la USB.

  2. Velar por la divulgación y cumplimiento de las normativas bioéticas en las actividades académicas.


Funciones del Comité.

  1. Recibir, analizar, discutir y evaluar las solicitudes presentadas al Comité por cualquier miembro o instancia de la comunidad universitaria, que involucren la aspectos Bioéticos,.

  2. Emitir los informes correspondientes con las recomendaciones efectuadas y hacer su seguimiento.

  3. Divulgar información sobre los principios de la Bioética a la comunidad universitaria.

  4. Servir de órgano consultivo en el seno de la comunidad universitaria en situaciones que involucran conflictos sobre Bioética.

  5. Promover entre sus miembros y en la comunidad de la USB la formación en los principios de Bioética.

  6. Mantener informado al Decano de Investigación y Desarrollo sobre las decisiones adoptadas.

  7. Garantizar la confidencialidad de la información suministrada.


De los Miembros

  1. El Comité estará constituido por al menos siete miembros principales y tres suplentes. Los miembros principales serán: al menos un profesor por cada división académica de la sede de Sartenejas, un profesor por la sede del Litoral, uno por la comunidad externa, uno por los estudiantes y. uno por la Unidad de Laboratorios. En caso de ausencia temporal de alguno de los miembros principales, se convocará a los suplentes. Cuando se considere necesario, el Comité podrá consultar con juristas, teólogos, y otros asesores externos para consultas puntuales.

  2. El nombramiento de los miembros corresponde al Rector, a propuesta del Decano de Investigación y Desarrollo.

  3. La duración de los miembros en sus funciones será de al menos dos años, la cual puede ser prorrogada.

  4. Los miembros del Comité, por común acuerdo, propondrán al Decano de Investigación y Desarrollo a uno de sus miembros para actuar como Coordinador del Comité.


Funcionamiento del Comité.

  1. Se realizarán reuniones ordinarias al menos una vez al mes, por convocatoria del Coordinador y según las solicitudes existentes.

  2. El quórum estará constituido por al menos cuatro de los miembros principales.

  3. En cada reunión se designará a uno de los miembros como Secretario Itinerante, con el fin de tomar nota de los puntos tratados y elaborar el acta.

  4. Las decisiones se tomarán por consenso. En caso de divergencias, la decisión será por mayoría simple del total de miembros del Comité, pudiéndose salvar el voto de manera razonada.

  5. Son funciones del Coordinador del Comité de Bioética:

i. Servir de interlocutor entre las autoridades universitarias (Rector y Decano de Investigación y Desarrollo) y los miembros del Comité, en lo referente a las actividades y decisiones del Comité.

ii. Programar las reuniones ordinarias y extraordinarias y su contenido: orden del día, líneas de trabajo, distribución de materiales de trabajo, comunicaciones previas y todo lo necesario para su realización efectiva.

iii. Hacer operativas las decisiones del Comité para lograr las metas propuestas.

iv. Recibir la documentación correspondiente a los casos a considerar y remitir las conclusiones a las instancias pertinentes de las reuniones ordinarias y extraordinarias que se lleven a cabo.

v. Definir el calendario y lugar de reuniones en concordancia con las decisiones del Comité y de todos sus miembros.

vi. Llevar a cabo las actividades ejecutivas necesarias para el adecuado funcionamiento del Comité.

vii. Colaborar en la elaboración de las conclusiones y firmar los informes del Comité.

viii. Velar por la independencia y confidencialidad de las actividades del Comité.

ix. Supervisar el archivo y conservación del archivo de actas de las reuniones del Comité.

6. Son funciones del Secretario Itinerante:

i. Realizar las actas de las reuniones del Comité.

ii. Firmar y hacer firmar a los otros miembros del Comité los documentos y actas que se elaboren..


Sede

La sede oficial del Comité de Bioética estará en el Decanato de Investigación y Desarrollo de la sede de Sartenejas; no obstante, se podrán realizar reuniones en la sede del Litoral.


Reformas del Reglamento.

Las modificaciones al Reglamento del Comité de Bioética de la USB deberán tener el consenso de todos los miembros del Comité, deberán hacerse en reunión extraordinaria convocada para tal fin y deberán ser debidamente informadas al Decano de Investigación y Desarrollo y al Consejo Directivo de la USB.

Reglamento aprobado por los miembros del Comité de Bioética al 16 de Julio de 2012