Solo participan artículos con fecha de aceptación definitiva entre el 27 de noviembre de 2024 y el 27 de noviembre del 2025.
Objetivo
El objetivo principal del PREPPRAI del Decanato de Investigación y Desarrollo de la Universidad Simón Bolívar, Venezuela, es reconocer la calidad del trabajo de investigación y desarrollo que realizan los profesores de la USB, por contribuir al desarrollo tecnológico, social y económico del país y garantizar una educación de calidad para los estudiantes. En consecuencia, este programa otorgará un incentivo económico por publicaciones de trabajos de investigación originales, arbitrados en revistas reconocidas, especializadas, indizadas y de amplia circulación internacional, libros o capítulos de libros arbitrados publicados por editoriales de reconocido prestigio académico, ponencias arbitradas que cumplan los requisitos indicados, así como patentes nacionales e internacionales, y publicaciones en revistas nacionales de reconocido prestigio. Se espera que estas publicaciones contribuyan a mejorar la visibilidad institucional de la Universidad en el entorno nacional e internacional.
Beneficiarios
Los incentivos a los que hace referencia este programa se otorgarán exclusivamente a profesores activos de la USB a dedicación exclusiva o tiempo integral, o jubilados (que previamente a su jubilación fueron activos a dedicación exclusiva o integral en la USB) con actividades académicas (docentes y de investigación) presenciales en la USB, cuya afiliación a la USB aparezca explícitamente en el producto. Los profesores beneficiarios de este programa deben tener a la USB como primera institución de afiliación en bases de datos y citas, identificadores y similares, tales Google Scholar, Orcid, Scopus, Web of Science, etc. Este incentivo se otorgará en una sola oportunidad por producto y el mismo no tiene relación con emolumentos cancelados por otras actividades asociadas a un cargo o empleo dentro de la institución. El incentivo al que se refiere este programa no es retroactivo, ni tiene carácter recurrente.
Productos a ser considerados
Los productos aquí incluidos deben ser trabajos de investigación originales en áreas afines a los departamentos de adscripción de los coautores profesores de la USB, cuya afiliación debe aparecer explícitamente en el producto. Sólo se pagará una bonificación por producto independientemente si se presenta de distintos tipos (por ejemplo, un proceeding que luego es publicado como artículo, se dará el bono que más beneficie al profesor).
Productos Tipo 1:
a) Artículos de investigación arbitrados, publicados en revistas indizadas en el SCI Expanded, AHCI, SSCI o en el Source List Journals de SCOPUS.
b) Patentes nacionales o internacionales
c) Libros arbitrados, producto de trabajos de investigación en el área de conocimiento del profesor, que cumplan con los criterios especificados en el punto 3.3. No se considerarán libros en los que se haya ejercido el trabajo de editor o compilado.
No hay límite a el número de artículos de este tipo introducidos por profesor, pero el monto total del incentivo económico está limitado por el punto 4.3 de este documento.
Productos Tipo 2:
a) Artículos de investigación arbitrados, publicados en revistas indizadas en SciELO, Latindex catálogo 2.0.
b) Artículos de investigación arbitrados, en las áreas de conocimiento atendidas por las Coordinaciones de Ciencias Sociales y Humanidades (Sartenejas) y Ciencias Sociales y Administrativas (Litoral), publicados en revistas indizadas en ESCI.
c) Capítulos de libros arbitrados, que cumplan los criterios indicados en el punto 3.4.
d) Ponencias en extenso arbitradas (no sólo el resumen o de un resumen en extenso), y publicadas en actas/procedings de conferencias listadas en la base de datos de Scopus.
En esta convocatoria sólo se tomarán en cuenta hasta 4 productos de tipo 2 por profesor.
Productos Tipo 3:
a) Artículos publicados en revistas nacionales reconocidas, cuya indexación no necesariamente cumpla con los requisitos indicados en 3.2 a y 3.2.b pero que cumplan:
i) Arbitraje del artículo completo (no sólo del resumen o de un resumen en extenso ).
ii) Los artículos deben tener una extensión de al menos cuatro (4) páginas
En esta convocatoria sólo se tomarán en cuenta hasta 2 artículos de tipo 3 por profesor
Criterios para la evaluación de libros y capítulos de libros:
a) Que se trate de una editorial reconocida con proceso demostrable de arbitraje.
b) Que el volumen posea el correspondiente ISBN (imprescindible).
c) Que la editorial cuente con un comité asesor de expertos en la materia.
d) Que la editorial tenga presencia en librerías especializadas, ferias internacionales y nacionales y bases de datos especializadas.
e) Que la editorial publique libros traducidos a otros idiomas.
Consideraciones Generales
Para esta convocatoria sólo se tomarán en cuenta productos cuya aceptación definitiva esté comprendida entre el 27 de noviembre del 2024 (fecha de cierre del PREPPRAII-2024) y el 27 de noviembre del 2025, Cada producto debe ser introducido solo una vez. Productos aceptados en fecha posterior a el 27 de noviembre del 2025 se tomarán en cuenta en próximas convocatorias.
A los productos de tipo 1 se le dará una puntuación de hasta 1, a los productos de tipo 2 se les dará una puntuación de hasta ½, a los productos de tipo 3 se les dará una puntuación de hasta 1/4. Estos puntos se traducirán en incentivos económicos de acuerdo con las condiciones que siguen.
El monto máximo que podrá otorgarse a un profesor en la presente convocatoria corresponderá a 3 puntos.
En caso de que un producto tenga dos o más coautores profesores de la USB que cumplan con los requisitos mencionados en la normativa y que hayan indicado su afiliación a la USB, el monto del incentivo será el doble del especificado por tipo de producto y se repartirá en montos iguales entre los coautores profesores de la USB que cumplan los requisitos .
Aspectos Operativos
Para participar en este programa, se debe:
Llenar en linea un formulario de registro y solicitud por cada producto, donde entre otros, se debe indicar el nombre, correo institucional y afiliación de todos los coautores. Sólo se debe llenar un formulario por producto.
El coautor que introduzca la solicitud debe ser profesor de la USB y debe adjuntar en los campos correspondientes, entre otros:
Un ejemplar de la publicación.
Recaudos indicativos de aceptación definitiva, fecha de aceptación y fecha de publicación, evidencia explícita de arbitraje e indexación de la revista, etc.
Constancia de trabajo expedida por la Dirección de Gestión del Capital Humano de la USB de todos los coautores profesores de la USB (a DE o TI). El coautor que introduce el producto es responsable de recabar esta información. Si algún coautor es profesor jubilado de la USB, se debe anexar certificación o correo electrónico del jefe del Departamento correspondiente indicando que el profesor realiza actividades académicas presenciales en la USB.
No se procesarán solicitudes que no tengan todos los recaudos completos.
Los casos no contemplados en la presente normativa, o en los que se presenten dudas, serán discutidos y resueltos en el Consejo Asesor del Decanato de Investigación y Desarrollo.
Los montos del incentivo por punto se calcularán en atención al monto asignado por la Institución para este programa.